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ESTIMULACIÓN ANTE PARÁLISIS CEREBRAL INFANTIL

La Justicia ordena cumplir el tratamiento para una menor

Juzgado Contencioso Nº 2, hizo lu­gar a la ampliación de una medida cautelar y dispuso que el IOSCOR dé cobertura. La obra social ya apeló.

El Juzgado en lo Conten­cioso Administrativo Nº 2 ordenó a la obra social la co­bertura de la 2ª etapa de un tratamiento de estimulación magnética transcraneana para una nena con parálisis cerebral infantil. 

Según informaron desde la Justicia, existían indicaciones médicas basadas en numero­sos estudios y en los buenos resultados obtenidos con la primera etapa del tratamien­to cuya cobertura había sido dispuesta por una medida cautelar anterior, previa au­diencia con la obra social.

La doctora María Belén Güemes, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Admi­nistrativo Nº 2, hizo lugar al pedido de ampliación de una medida cautelar y dispuso que el Instituto de Obra So­cial de Corrientes (Ioscor) dé cobertura a niña, como hija menor de edad y a cargo de una afiliada y que presenta un complejo cuadro.

La niña padece "parálisis cerebral infantil o trastorno motor de origen central con hipotonía de base, hiperre­flexia y hemiparesia braquio-crural izquierda. Retraso del habla y del lenguaje. Torpeza motriz gruesa y fina. Anar­tria. Estrabismo divergente operada bilateralmente a los 3 años. Hiperacusia. Anoxia perinatal, cianosis por hipo­termia e hipoglucemia.

El diagnóstico médico se­ñala además, una disfunción cerebral marcada y trastorno de déficit de atención con hi­peractividad. Los profesiona­les también destacan en ella una buena interacción social y empatía.

El abordaje terapéutico in­dicado por el profesional mé­dico es "imprescindible" para mejorar los síntomas nuclea­res del trastorno motor y del aprendizaje. Y de acuerdo a las indicaciones médicas es "urgente" porque el efecto depende del momento evo­lutivo de la niña en que se realice, así los médicos des­tacaron que cuanto antes se realice, mejores resultados se pueden obtener. Y expli­caron que es "fundamental para continuar con la inter­vención propuesta para con­solidar, mantener y desarro­llar logros motores, en el ha­bla, la conducta y cognición".

El tratamiento apunta a lo­grar la mayor autonomía po­sible para la vida adulta pese a su diagnóstico y recuperar la mayor cantidad posible del cerebro afectado con base en la parálisis cerebral.

Los médicos tratantes -pe­diatra, neurólogo- destaca­ron que luego de realizada la primera etapa del protocolo indicado la niña logró gran­des avances, que pueden corroborarse con los infor­mes y estudios aportados y también a nivel académico tuvo grandes progresos. Y acompañaron informes que indicaban, luego de la pri­mera etapa del tratamiento, un aumento de conectivi­dad intra e interhemisférica y un aumento del cociente intelectual de 65 a 74 pun­tos, "así como una mejora de los sistemas atencionales, la memoria fonológica y el vo­cabulario activo".

Sin embargo, la madre no obtuvo respuesta de la obra social al poner en conoci­miento la prescripción de la segunda etapa y solicitar su cobertura.

La Asesora de Menores e Incapaces Nº 2 que inter­viene en la causa, Dra. Mir­tha Gladys Ramírez Barrios, solicitó que se haga lugar a la ampliación de la medida cautelar y la cobertura soli­citada, "privilegiando y pre­servando de este modo el derecho a la salud de la niña". 

En la resolución, la doc­tora Güemes otorgó 10 días hábiles para efectivizar la cobertura del tratamiento en el centro Lafun en Buenos Aires. 

La decisión fue apelada por la obra social, por lo que el juzgado remitió en forma urgente el expediente a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo para su revisión